Alquiler: persona física o sociedad, con José Antonio Bernáldez
José Antonio BernáldezAsesor fiscal y cofundador de RentexaJosé Antonio Bernáldez, asesor fiscal, abogado y cofundador de Rentexa, explica en la pizarra cuándo conviene alquilar inmuebles como persona física y cuándo como sociedad. Con un ejemplo de 12.000 € de alquiler y 3.000 € de gastos compara la reducción del 50 % del IRPF, con marginales de hasta el 47 %, con el tipo fijo del 25 % de la sociedad y los dividendos al 19-21 %. Concluye que montar una sociedad solo compensa en casos concretos, como más de 8 viviendas en alquiler tradicional o reinvertir los beneficios, y que con 3 o 4 pisos no suele merecer la pena. Su consejo es hacer números y no copiar a otros inversores.
Capítulos
Ideas clave
- 2:06Como persona física, los rendimientos del capital inmobiliario se suman a la nómina y a la actividad empresarial. Con mucho cúmulo se llega a marginales del 47 %, frente al 25 % (o 23-24 % según la actividad) de una sociedad.
- 3:48La gran ventaja del alquiler como persona física es la reducción del 60 % o del 50 % según la antigüedad del contrato. Los contratos anteriores a 2023 tienen el 60 %, y se comenta un posible anuncio del Gobierno de llegar al 100 %, aún por ver.
- 5:00Ejemplo en la pizarra: 12.000 € de alquileres menos 3.000 € de gastos dejan 9.000 € de beneficio. Con la reducción del 50 % solo se declaran 4.500 €. Con 10 pisos serían 90.000 € ganados y 45.000 € declarados, que se suman al resto de rentas.
- 6:44La sociedad no tiene reducción del 50 %, pero tributa a un tipo fijo del 25 % sobre ingresos menos gastos. Los 9.000 € del ejemplo se quedarían en unos 7.000 € tras el impuesto.
- 7:25Si el alquiler es tu único ingreso y tienes que pasar todo el dinero de la sociedad a tu persona física (nómina o dividendos), la sociedad no compensa. Además añade gastos de gestión, mantenimiento y una contabilidad más compleja.
- 8:37Los dividendos tributan en torno al 20 % (entre el 19 y el 21 %) y no son gasto de la sociedad. Para comparar hay que sumar el impuesto pagado en la sociedad y el de los dividendos, y contar los mayores costes de la sociedad.
- 10:02Una sociedad puede interesar con más de 8 viviendas en alquiler tradicional, por el régimen con reducciones del 40 % de la cuota, o si quieres crecer y reinvertir. Con 3 o 4 pisos, Bernáldez desaconseja montarla.
- 9:48La regla de fondo es no montar una sociedad porque el amigo de turno la tenga: se monta si los números salen. Ruben, tras hacerlos, concluye que a él no le compensa, mientras que a inversores que reinvierten sí.
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Transcripción completaTodo lo que se dice, quién lo dice y en qué minuto.
0:01 Ruben: Muy buenas, bienvenidos a otro vídeo de la pizarra fiscal de Nice to Fit You, y en el día de hoy vamos a hablar de alquiler de inmuebles y, sobre todo, una cosa que le interesa a mucha gente de ¿qué es mejor? ¿Alquilo como persona física, alquilo como persona jurídica? Como empresa, ¿constituyo empresa o no? ¿Qué impuestos pagan unos? ¿Por qué sería mejor hacerlo como persona jurídica? Es algo que tenéis muchas dudas, es algo que ya hemos hablado en algunos podcasts, pero que vamos a hacer un vídeo especial solo de esto, y para eso tenemos aquí a José Antonio Bernales, muy buenas.
0:33 José Antonio Bernáldez: Encantado, Rubén, bienvenido.
0:34 Ruben: Bueno, vamos a hablar un poquito de de las diferencias que hay entre un alquiler de inmuebles, ya sea, de una persona física, lo que sería, por ejemplo, yo como los alquilo, y de otros inversores que tenemos, que lo alquilan como sociedad, y cuáles son las diferencias, sobre todo a la hora de tributar qué impuestos pagan 1, qué impuestos pagan otro, y cuándo es mejor 1 que otro, porque, como siempre dices tú, hay que echar números. Hay que
0:56 José Antonio Bernáldez: hacer números, eso está claro, ¿no? Y esas, digamos que esa filosofía nuestra hay que aplicarla en cualquier movimiento que hagamos, es decir, persona física o sociedad, pues no lo sé, la persona física le puede interesar a unos o la sociedad le puede interesar a otros. Y el tema este que se comenta siempre, no, es que, oye, este ha montado una sociedad. Bueno, pues este ha montado una sociedad y no sabemos por qué motivo lo ha montado, porque, a lo mejor, tiene unos motivos específicos o especiales para que a él le interese montar la sociedad, pero no siempre interesa, ¿vale? Y yo como como como como asesor o como abogado podría decir, oiga, montamos una sociedad, pero si no te interesa a ti montar una sociedad, pues no vale la pena. La tributación, como veréis ahora y sabéis ya todos, es completamente distinta, lo que hay es que pagar lo mínimo y hacer las cosas bien para estar en paz con hacienda, que también vale la pena.
1:45 Ruben: Yo siempre lo que digo es pagar lo justo, es decir, vamos a pagar lo justo intentando que siempre eso, lo justo sea lo mínimo, que no nos metamos en ningún lío, todo, sea, no hace el cobro legal.
1:54 José Antonio Bernáldez: Está claro.
1:55 Ruben: Pero vamos, entonces, 1º al caso de persona física, ¿cómo tributa una persona física a los alquileres de inmuebles? ¿Dónde están los problemas, entre comillas, que tiene hacerlo como persona física, y alguien se puede plantear ir asociado?
2:07 José Antonio Bernáldez: Bueno, como persona física, como sabéis, el problema de de la persona física es que los rendimientos del capital inmobiliario se acumulan al resto de rendimientos, como son rendimientos del trabajo o de la actividad empresarial. Entonces, claro, si tú tienes muchos alquileres y además de tener muchos alquileres tienes un rendimiento del trabajo, una nómina fuerte y además tienes un despacho, yo que sé, que tienes una actividad empresarial, tú imagínate que además haces fliping como persona física. Todo esos rendimientos se acumulan y, claro, te vas a tipos marginales de de del 47 por 100, que claro, que comparado con una persona jurídica que tributa al 25 o depende de qué actividades tengas, puede estar estar en el 24 o en el 23, dices, hombre, son veintitantos puntos de diferencia. Por lo tanto, ¿qué es lo que pasa? Depende del cúmulo que tengas de actividad, ¿vale? En renta es progresivo, ¿vale? A mayor base, mayor cuota. Que si tú, por ejemplo, tienes muchos alquileres, si a los alquileres le sumo todo lo otro, pues estoy pagando el 47 por 100 de marginal. ¿Cómo tributa como persona física? Pues como persona física tributa a tu base general, es decir, tú tienes tus ingresos y tienes tus gastos. ¿Qué problemas nos encontramos muchas veces? Nos encontramos el problema de que hay gente que, jolín, que se olvida gastos. Dices, oye, el seguro, pues oye, yo he llegado a pedir en la declaración de renta o en la campaña de renta, oye, ¿este piso no tiene un seguro, seguro que tiene un? Seguro que tiene un seguro, valga la redundancia.
3:37 José Antonio Bernáldez: Pero resulta que esos también van a ser gastos si tú alquilas el piso como como sociedad. ¿Qué ventaja hay en la persona física? Pues, como hemos explicado en otros vídeos, por ejemplo, el tema de las reducciones. Sabéis que cuando alquiláis un piso como persona física tenemos una reducción muy importante que está o el 60 o el 50 por 100 en función de la antigüedad del contrato. Y además tenemos noticias muy frescas que el presidente del gobierno ha dicho hace 2 días que
4:07 Ruben: El 100 por 100.
4:08 José Antonio Bernáldez: 100 por 100. Bueno, vamos a ver cómo queda eso, vamos a ver si se puede aprobar Vamos,
4:12 Ruben: vamos a hacer unos números basándose en el 50, pero una cosa muy importante que decías tú de no, es que me olvido de cosas, es que hay cosas que no tengo. Bueno, para eso Rentexa punto a I es el proyecto nuevo que estamos haciendo, José Antonio está trabajando con nosotros también en hacerlo, toda la parte fiscal, y, precisamente, lo que venimos a hacer es que no se te olvide nada, que declares todo bien y, sobre todo, que cuando llegues a la declaración de la renta lo tengas todo, que es el problema que te llegan a ti a última hora y tú tienes que estar preguntando, oye, ¿no habrás pagado IVI? ¿No habrás pagado basuras? Todo eso con Rentexa punto ahí, si os metéis ahí podéis daros de alta la wait list, porque muy pronto vamos a empezar, lo podéis tener todo, y ahora vamos a ver cómo impacta los gastos, porque si yo tengo, vamos a poner números redondos, vamos a hacer un ejercicio muy práctico en la pizarra. Supongamos que tengo de alquileres 12000 euros.
5:03 José Antonio Bernáldez: 12000 euros.
5:04 Ruben: A estos 12000 euros Hacienda lo que te dice es, puedes deducirte ciertas cosas, y aquí hay amortizaciones, deducciones, bueno, hay muchas cosas, vamos a simplificarlo mucho. Yo tengo gastos de IVI, de comunidad, tengo gastos de todo. Vamos a poner que tenemos 3000 euros de gastos ¿Al mes? 3000. Al año, perdón.
5:18 José Antonio Bernáldez: 9000 de beneficio. Estos 9000 de beneficios tenemos una ventaja como persona física, que es que hay una reducción del 50 por 100 o del 60 en función de la antigüedad del alquiler. Contratos de alquiler anteriores al 2023 tienen una reducción del 60. Vamos a simplificarlo y vamos a trabajar con una reducción del 50 por 100.1 reducción del 50 por 100 quiere decir que de estos 9000 que nosotros ganamos solo declaramos 4500. Si yo tengo 10 pisos alquilados y gano 4500, he ganado 90000 euros, pero solo en la renta solo declaro 45000 por 10 pisos. ¿Cuál es la el problema de 45 por 10, 45000? Pues que 45000, como hemos dicho, lo sumamos a la nómina, lo sumamos a la actividad empresarial o profesional, y lo sumamos a los alquileres. Como la renta, decimos, que es progresiva, a mayor base, mayor cuota. Yo estoy en marginales del 47 por 100. Teniendo en cuenta la progresividad del impuesto, pues dices, oye, pues te puedes plantear montar una sociedad. Aquí lo importante es ese control, y para eso tienes tu Rentexa, tienes ese control de los de los ingresos y, sobre todo de los gastos, porque lo que no podemos es perder oportunidad de imputar ningún gasto. Y luego, jolín, jugar con esas reducciones del 50 por 100, que son muy, muy, muy, muy importantes.
6:44 Ruben: Vamos a la parte de sociedad porque, claro, aquí decimos, si yo he ganado 9000, al final con esas reducciones se me queda en 4500, pero una sociedad no tiene reducciones.
6:54 José Antonio Bernáldez: No tiene reducción, pero a diferencia el tipo de de la sociedad es mucho más bajo, ¿vale? Es un tipo del 25 por 100. Y ahí sí que quiero explicar más cosas, en la sociedad yo no tengo reducción, el 50 por 100 no existe, por lo tanto, nos me lo tengo que plantear. Pero lo que sí tengo es un tipo del 25 por 100, es un tipo, digamos, fijo, donde voy a tener de cuenta todos los ingresos y todos los gastos, ¿vale? Los gastos igual que aquí, es decir, también tengo que tengo el control de todos los gastos. ¿Qué nos encontramos algunas veces? Nos encontramos algunas veces que yo, por ejemplo, los alquileres tenemos al clientes que los alquileres es su única forma de de vida, o sea, su único ingreso. Si el ingreso entra en la sociedad, algo tiene que salir para persona física, porque tú tienes que comer de esos alquileres. El dinero de la sociedad es de la sociedad, pero yo necesito dinero como persona física para vivir. Tengo que tener una nómina o tengo que repartir dividendos. ¿Qué sucede? Que si yo, como me ha pasado alguna vez, todo el dinero que entra en la sociedad se lo tengo que pasar a la persona física, ¿para qué monto una sociedad? Porque esta sociedad tiene gastos de gestión, tiene gastos de mantenimiento, cosas que aquí solo con Rentexa vas a tener suficiente, pero aquí además de Rentexa vas a llevar una contabilidad que se te complica y que va a producir gastos.
8:11 Ruben: Vamos a hacer el mismo ejemplo antes, es decir, hemos ganado 9000 euros en la sociedad. La sociedad lo que va a pagar es el 25
8:18 José Antonio Bernáldez: por 100. El el 25 por 100.
8:19 Ruben: Y luego de de lo que no pagues, es decir, del beneficio, si yo me lo quiero sacar aquí
8:24 José Antonio Bernáldez: Tú ve, 9000 y el 25 por 100 es, venga, 7000 euros, vamos a a suponer que no son 7000, ¿vale? Más menos, ¿vale? Entonces esos 7000, si te lo quedas aquí, te lo quedas aquí, pero si esos 7000 quieres que vayan allí, ¿vale? Vas a pagar dividendos al 20 por 100, más menos, porque es entre el 19 y el 21, el 20 por 100. Hazte los 3500. Porque este dividendo, además importantísimo, este dividendo no es gasto de la sociedad. El dividendo se saca y se imputa a la persona física después de haber obtenido el rendimiento neto de la sociedad. Por tanto, como no es gasto, yo tengo que sumar cuánto he pagado aquí y cuánto he pagado aquí para compararlo con cuánto pago como persona física. Teniendo en cuenta además que la sociedad tiene más gastos que la persona física.
9:09 Ruben: Para todos los que estáis dudando un poquito de si hacer persona física, hacer persona jurídica, os digo, en Rentexa vamos a sacar muy pronto una herramienta, precisamente, comparando estas 2 cosas con los pisos que tenéis, los ponéis ahí, dices, ¿qué me costaría esto? Poniendo los gastos de gestión de la empresa más lo que yo me quiero sacar, el 50 por 100, me quiero sacar todo, para que hagáis números y veáis que, muchas veces, como es mi propio caso, no me interesa. Pero hemos hablado con otras personas, otros inversores, que tiene mucho sentido esto, ¿por qué? Porque reinvierten. Aquí muchos te dirán, ¿y qué hago? Y tú tienes que estar muchas horas haciendo números hasta allá.
9:46 José Antonio Bernáldez: Muchas horas no, pero sí que hay que hacer, sí que hay que hacer números. Es decir, lo que lo que estoy convencido, y os repito y y lo tengo clarísimo, es de que no montéis una sociedad porque el amigo de turno tiene una sociedad. Monta la sociedad si te interesa la sociedad, ¿vale? ¿Y cuándo interesa una sociedad? Cuando, por ejemplo, te dedicas al alquiler tradicional y tienes más de 8 viviendas, hemos comentado también en algún vídeo que existe un, digamos, un régimen fiscal aplicable para el alquiler de vivienda con unas reducciones del 40 por 100 de la cuota, por lo tanto, también existen algunas ventajas. Hago números y me interesa o no me interesa. Para una persona que tiene 3 o 4 pisos, oye, no monte usted una sociedad. Tú lo que quieres es ampliar, crecer, bueno, pues a lo mejor te lo tienes que plantear.
10:31 Ruben: Con esto un poquito el resumen es haced números y no sigáis las modas, y en otro vídeo también hablaremos de qué pasa si yo tengo pisos y ahora sí quiero montar una sociedad, y es otro vídeo que vamos a hacer, y hablaremos de esto que es algo que se plantea mucha gente, y ve que, muchas veces, hacen números y dices, pues tampoco me convenza. Así que, nada, nos vemos en el próximo vídeo, adiós.
10:52 José Antonio Bernáldez: Gracias.



